Ana Narcisa De Jesús Ch. P. fue sentenciada a treinta meses de pena privativa de la libertad por ser hallada culpable del delito de tráfico ilícito de drogas a mediana escala, se conoció, la venta cocaína en una carreta…
Detalles. En la sentencia también se incluyó una multa de cuatro salarios básicos unificados.
Durante la audiencia, el fiscal del caso había relatado que agentes de la Policía Nacional “se pusieron manos a la obra” a la investigación tras recibir información ciudadana, ya que la comunidad había dado datos claritos en los que la hoy sentenciada, Ana Narcisa De Jesús. que se “camuflaba” como vendedora informal, distribuía, con la fachada de una carreta de jugos, sustancias sujetas a fiscalización.
Con esta ‘pepa informativa’ un grupo especializado de la Policía, ni corto ni perezoso, el cinco de julio acudió al lugar y pudo confirmar que la mujer se dedicaba al acopio y comercialización de sustancias ilícitas en varios sectores de la ‘Sultana de los Andes’.
Incriminatorio. Dentro de las evidencias encontradas en la carreta habían localizado cinco fundas plásticas que contenían cocaína, además de dinero en efectivo, entre otros indicios, por lo que fue aprehendida en delito flagrante por la fuerza pública.
Así, la Fiscalía procesó este caso por tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, delito tipificado en el Art. 220, numeral 1, literal b, del Código Orgánico Integral Penal, cuya pena privativa de la libertad es de 3 a cinco años. Sin embargo, en este caso se aplicó el procedimiento abreviado, que se encuentra establecido en el artículo 635, se anotó.