Existía expectativa a nivel nacional porque ayer se debía pronunciar el Tribunal de Casación de la Corte Nacional de Justicia del Ecuador sobre el “Caso sobornos”, que involucra al expresidente de la República, Rafael Correa, además de varios de sus ministros y asesores más cercanos, como Jorge Glas, exvicepresidente; Vinicio Alvarado, María Duarte y Walter Solís, exministros; Alexis Mera, exsecretario jurídico de la Presidencia de la República; la asambleístas Viviana Bonilla y el exasambleísta Christian Viteri: las asesoras de Correa: Pamela Martínes y Laura Terán, entre otras persona más.
Información. Desde la Fiscalía General del Estado se dio a conocer que luego de analizar los argumentos presentados por las partes procesales durante la audiencia, el Tribunal de la Corte Nacional –con voto de mayoría– acogió el pedido de la fiscal general del Estado, Diana Salazar y declaró improcedentes los recursos de casación presentados por dieciséis de los sentenciados en el Caso Soborno 2012-2016, al no haberse justificado con suficiencia técnica, ninguna de las alegaciones.
Decisión. Además, el Tribunal –de oficio– decidió casar la sentencia en dos casos: por errónea interpretación con relación a Pamela Martínez, señalando que la correcta pena es de nueve meses y quince días, tomando en cuenta su cooperación eficaz; y, por indebida aplicación de la norma respecto a Alberto Hidalgo, quien es considerado como autor directo. Por lo tanto, la sentencia se reformó en esos dos puntos.
Ratificación. Con esta decisión, se ratifica la sentencia emitida por el Tribunal de apelación en la que se dispuso una pena de ocho años para diecisiete de los procesados (entre ellos Correa y Glas y varios exministros), y tres meses y seis días para Laura Terán.
Tribunal. Los magistrados Javier de la Cadena, Milton Ávila y José Layedra, durante dos días, escucharon los argumentos de las defensas de los dieciséis recurrentes, argumentos que fueron refutados de forma técnica y jurídica por la fiscal general del Estado, Diana Salazar Méndez.
De toda la resolución, el juez Ávila se apartó en dos puntos. Señaló que, desde su interpretación jurídica, para los sentenciados Viviana Bonilla y Christian Viteri, debía ratificarse el estado de inocencia, por lo que –en esos particulares– dio su voto salvado, coincidiendo en el resto de apartados con los otros dos magistrados.
En esta última instancia judicial, el Tribunal revisó la correcta aplicación de la norma y señaló que, en las instancias previas, los juzgadores interpretaron la normativa de forma adecuada, respecto al tipo penal y la agravante de haber actuado en pandilla. En ese sentido, añadió que cada uno de los partícipes tuvo un rol para que exista coordinación en la comisión del delito.
La investigación de Fiscalía determinó –y comprobó ante los jueces– que los sentenciados conformaron una estructura criminal que recibió sobornos, a través de cruce de facturas y en efectivo, entre 2012 y 2016, con lo que se habría pagado servicios para el movimiento político del gobierno anterior y que, a cambio, los empresarios sentenciados recibían contratos con el Estado.