El problema del aborto no contempla el COS, pero hay sectores que tratan de endilgar como que está promocionando el aborto, dijo Ricardo Carrillo.
¿Qué criterio le merece el nuevo Código Orgánico de la Salud que está en manos del Ejecutivo para su aprobación o veto?
El Código es muy extenso y recoge todas las normativas relacionadas con la salud que están vigentes en el país.
Hay que leerse todo para tener una idea, pero lo que hemos oído en ciertos grupos y en la sociedad que comenta sobre temas polémico como el aborto, los estupefacientes, la problemática de los farmacéuticos y otros temas, es decir, es una normativa que resulta muy compleja.
¿Qué podemos decir del cannabis, que se contempla en la normativa?
El cannabis es una situación muy interesante, resulta que hay diferentes grupos que indican que el Código de la Salud está despenalizando el uso del cannabis y que está facultando el uso o que va a permitir la utilización de una manera indiscriminada el uso de la marihuana, lo podemos decir que el Código actual de la Salud que está aprobado, en nada topa aquello de la marihuana.
El que cambió y modificó el uso del cannabis es el Código Orgánico Integral Penal, este Código en el mes de diciembre fue reformado y ahí es donde se destipifica el uso de la marihuana, sino el uso del cannabis, pero para uso estrictamente medicinal, y esto debe quedar muy bien claro; entonces, lo que se determina es que ya no está penalizado el uso del cannabis medicinal.
Aquí tenemos que hacer una diferenciación en lo que es el cannabis, lo que significa la marihuana y lo que es el cáñamo, porque el cáñamo y la marihuana son dos especies de plantas denominada cannabis sativa.
Cuéntenos, ¿cuál es la diferencia entre el cáñamo y la marihuana?
El cáñamo es una planta de la cual se extrae un sinnúmero de productos que lo utilizan en la industria del papel, de la fibra y de combustibles y contienen una substancia y se debe hacer una diferenciación, la substancia del cannabiol no tiene componentes de estupefacientes, en cambio la marihuana, siendo de la misma familia del cannabis, tiene una substancia que es el tetrahidrocannabinol ésta es la substancia que se saca de la marihuana y que tiene los efectos piscotrópicos; entonces, lo que se tipifica en el COIP en diciembre del año pasado es que se use el cannabis, pero el cannabiol para uso medicinal. El Código de la Salud lo que recoge sencillamente es la parte medicinal.
¿Quiénes pueden recetar el uso del cannabis?
Solamente los profesionales de la salud que sean calificados por el organismo correspondiente, y a ellos se les entregará una receta especial para que pueda recetar para uso medicinal, no puede recetar cualquier médico, sino solamente los que están autorizados, desde luego que antes los médicos recibíamos un recetario para recetar a los pacientes que necesitan de esta “substancia especial”.
¿Qué sucede con el cultivo de la planta?
El Código Orgánico de la Salud no tipifica, pero alguna entidad, mediante un reglamento, tendrá que regular el cultivo de la planta cannabis y que a lo mejor generará trabajo para muchas personas.
¿Hay cosas buenas y malas del uso del cannabis que contempla el aprobado COS?
Como en todo tiene sus pro y sus contras, aquí hay que sopesar los beneficios del uso medicinal sobre los riesgos que puede haber en el uso en exceso de estas substancias, pero estará a cargo de los profesionales en la materia, los que tratan el dolor.
¿Pero la gente está en contra de esta situación?
Siempre hay sectores que dicen que hay más daños que beneficios, pero en esto el grupo de profesionales son los que determinan esta situación.
¿El médico tiene que hacer un trámite especial para conseguir el uso de un recetario?
El profesional de la medicina tiene que presentar ante la agencia de control y regulación de medicamentos para que le autoricen el recetario especial, el médico tiene que reportar al organismo de control el número de recetas que haya prescrito y a quiénes se las ha prescrito, es decir, no es una cosa abierta para todo el mundo.
¿Y qué nos puede decir sobre el aborto?
Igual, se ha sesgado el asunto, porque el COS para nada despenaliza el aborto ni se menciona nada sobre este asunto en el nuevo Código de la Salud.