PPL también sufragarán: Un total de 8.307 personas privadas de la libertad (PPL) están habilitadas para ejercer su derecho al voto el próximo cuatro de febrero, cuando se elegirá al nuevo presidente de la República, representantes de la Asamblea Nacional y del Parlamento Andino para el período 2021-2025. PPL también sufragarán
Normativa. El artículo 62 de la Constitución de la República señala que las personas con goce de derechos políticos pueden acceder al voto universal, incluyendo a las personas privadas de la libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada.
Esta disposición tiene concordancia con el artículo 57 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, que puntualiza que las personas empadronadas que se encuentren privadas de la libertad en centros de Rehabilitación Social sin haber obtenido sentencia condenatoria ejecutoriada, «puedan ejercer su derecho a voto».
Juntas. La normativa también menciona que para ello se crearán juntas especiales en los mismos centros, las cuales funcionarán como recintos de sufragio. Estas observaciones son tomadas en cuenta en el marco del convenio de cooperación técnica interinstitucional suscrito entre el Consejo Nacional Electoral (CNE), el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y la Dirección General de Registro Civil.
Para consolidar el sufragio -que se llevará a cabo en cuarenta centros penitenciarios, apostados en veinte provincias- el CNE cuenta con un presupuesto de $ 57.000, de los cuales, 6.000 dólares serán para material logístico.