¿Por qué la Policía tapa la cara de los detenidos en Ecuador?
La Policía de Ecuador tapa la cara de los detenidos para garantizar la integridad del proceso, si se incumple el principio hay sanciones.

En Ecuador, la práctica de cubrir la cara de las personas detenidas durante operativos policiales y la decisión de los medios de comunicación de no revelar sus identidades han sido objeto de debate.
Esta medida se fundamenta en principios legales y éticos que buscan salvaguardar los derechos fundamentales de los individuos involucrados.
Según, Mauricio Hernández, abogado penalista, la Constitución de la República del Ecuador establece en su artículo 76, numeral 2, el principio de presunción de inocencia. Garantizando que toda persona sea considerada inocente mientras no se demuestre lo contrario.
Además, el artículo 66, numeral 18, asegura el derecho al honor y a la buena reputación, protegiendo la imagen y la voz de las personas. Estas disposiciones buscan resguardar la privacidad y evitar daños irreparables a la reputación de los individuos.
Mauricio Hernández, abogado penalista con mención en DDHH.
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) refuerza estos derechos al establecer que las personas privadas de libertad gozarán de las garantías reconocidas en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos.
Esto incluye la integridad física y moral, la privacidad personal y familiar, y la protección de datos personales.
Estas medidas buscan garantizar un trato digno y respetuoso hacia las personas detenidas, evitando cualquier forma de trato cruel, inhumano o degradante.
Razones para tapar la cara de los detenidos en operativos policiales

La práctica de cubrir la cara de los detenidos durante los operativos policiales tiene varias justificaciones legales y procesales.
En primer lugar, se busca proteger el principio de presunción de inocencia y evitar la estigmatización pública de individuos que aún no han sido declarados culpables.
Exponer públicamente a una persona detenida podría generar prejuicios y afectar su derecho a un juicio justo. Además, la protección de la identidad de los detenidos es crucial para el desarrollo adecuado del proceso judicial.
A su vez, si la imagen de un sospechoso es divulgada públicamente, podría influir en el reconocimiento por parte de las víctimas o testigos, afectando la validez de sus testimonios.
Esto podría ser utilizado por la defensa para cuestionar la imparcialidad de las identificaciones, debilitando el caso de la fiscalía.
La exposición pública de los rostros de los detenidos puede comprometer la integridad del proceso judicial y vulnerar derechos fundamentales, como la presunción de inocencia y el derecho a la privacidad.
Mauricio Hernández, abogado penalista con mención en DDHH.
El papel de los medios de comunicación y la Policía en tapar la cara de los detenidos
Asimismo, los medios de comunicación desempeñan un rol fundamental en la difusión de información relacionada con hechos delictivos y operativos policiales.
Debido a esto, Hernández hizo hincapié en que tenemos la responsabilidad ética y legal de respetar los derechos de las personas involucradas, incluyendo a los detenidos. Por ello, suelen difuminar o pixelar las caras de los sospechosos en las imágenes que publican.
Esta práctica responde a la necesidad de evitar juicios mediáticos que puedan influir en la opinión pública y, potencialmente, en el desarrollo del proceso judicial.
Al no revelar la identidad de los detenidos, los medios contribuyen a garantizar un juicio imparcial y a proteger la dignidad y los derechos de las personas.
La Policía Nacional, por ejemplo, continúa difuminando los rostros de los detenidos en sus comunicados oficiales. Hernández afirma qué.
Es esencial que las prácticas policiales y mediáticas respeten los derechos humanos y las garantías procesales, evitando cualquier forma de vulneración que pueda afectar la integridad del sistema de justicia
Mauricio Hernández, abogado penalista con mención en DDHH.
En este sentido, la protección de la identidad de los detenidos no solo es una obligación legal, sino también una manifestación del compromiso del Estado y de la sociedad con el respeto a la dignidad humana y al debido proceso.