Lo que se publica en redes es parte del populismo penal

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El abogado defensor de las víctimas, Becquer Carvajal dijo que está concluido el proceso en primera instancia porque terminó la audiencia de juzgamiento, en el cual la Fiscalía presentó todas las pruebas tendientes a que el Tribunal Penal determine una extralimitación de funciones y esas pruebas consisten básicamente en los testimonios de los peritos que practicaron el informe de necropsia, en donde claramente queda determinado el ingreso, la trayectoria y la salida de los proyectiles con los cuales fallecieron dos personas, una de ellas participando en un delito flagrante pero en una posterior persecución por parte del policía. populismo penal en redes,

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¿Qué nos puede decir sobre el proceso seguido al cabo Santiago Olmedo?
El proceso está terminado en primera instancia. El deber ineludible de la Policía Nacional es servir y proteger, en la primera escena el policía ya sirvió y protegió a un adolescente que estaba haciendo objeto de un delito en contra de la propiedad privada por parte de uno de los fallecidos, hasta ese momento la intervención de los policías sea o sea que se haya verificado el uso progresivo de la fuerza, fue lo que la ciudadanía y la ley le permite, sin embargo, posterior a eso se da una persecución de unas dos cuadras en donde estuvo una tercera persona a bordo de una motocicleta, la persona que intentó cometer el delito aborda la motocicleta y ésta arranca unos metros, se hace presente el miembro policial e impacta o se produce cuatro balazos al uno y seis al otro, y varios perdigones regados en la escena del hecho. Entonces, los convenios y tratados internacionales lo que castigan es esta extralimitación de funciones y no es como se pretende aparecer que pese haber salvado la vida a alguien le están poniendo una sentencia. 

¿Por qué se le impone la sentencia al cabo Olmedo dentro de este proceso judicial?
Le están poniendo una sentencia porque se verifica que el límite al cual él podía hacer el uso progresivo de la fuerza se extralimitó porque fue un ataque por la espalda, porque los infractores hasta ese momento no tenían un medio suficiente como para decir que existe equiparamiento de armas y además el número de proyectiles que se le utilizó es demasiado como para alegar legítima defensa o el uso progresivo de la fuerza, entonces, siendo los jueces de garantías penales que evalúan la prueba que presenta la Fiscalía toman una decisión, que para este defensa técnica es inclusive demasiado baja porque la ley estable de 10 a 13 años, siendo ellos quienes valoran la prueba, ahora el sentenciado tienen otra oportunidad que es el recurso de apelación y en ese recurso ellos pueden exponer todo lo que manifiestan a través de las redes sociales para que sea un tribunal de alzada conformado por jueces provincial que jerárquicamente son superiores, quienes analicen que si las pruebas que se presentó por parte del propio Estado, porque la Fiscalía también es parte del Estado son suficientes para destruir el principio de presunción de inocencia, incluso con la resolución de la Corte Provincial de Justicia queda otro recurso que no es tercera instancia sino un recurso extraordinario que se llama casación a afecto de que las partes procesales puedan hacer valer sus derechos. 

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¿Qué es lo que le preocupa a usted como abogado defensor de las víctimas de este caso?
Que se haga una apología de este incidente, de tal suerte que pueda desencadenar en una conmoción social, en un problema interno, unos a favor y otros en contra, insisto si hay un juzgado y si hay las reglas del juego que está establecidas sometamos a estas reglas y sean las autoridades quienes decidan si los jueces de primer nivel tienen o no la razón. Lo preocupante es que el Ejecutivo esté dando opiniones, porque el Ejecutivo tiene una función específica que es administrar el aparato estatal como es la presidencia de la República con sus respectivas ramificaciones como gobernaciones y tenencias políticas. El instante que el Ejecutivo empiece a dar juicios de valor en cierta forma se está entrometiendo en la Función Judicial y de esto se aprovecha la defensa del sentenciado para hacer alarde de un hecho, cuando todos sabemos que ninguna de las funciones del Estado se tienen que entrometer en la otra, de tal suerte que hay transparencia. De la misma manera con el respeto que merecen los periodistas, no pueden de ninguna manera tildar a los jueces. 

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