Perritos callejeros son entrenados para ayudar a personas con discapacidad

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El cuidado de los perros tiene que ser no pensando en un guardián ni en el cuidador de la casa, sino en el amigo de la familia, por consiguiente merece recibir comida, sanidad y cariño. Perritos ayudan a personas con discapacidad.

Perritos ayudan a personas con discapacidad
Perritos ayudan a personas con discapacidad. http://54.163.33.106

El ingeniero Zootecnista, Rafael Buenaño, se considera un animalista, recoge a los canes de la calle, los cura y luego busca un hogar para ellos, dijo que en un momento tuvo 21 perros en su casa, en la actualidad dispone de 11 canes a su cuidado, pero hay algo especial, una gata está en el grupo de perros, come y duerme en medio de ellos. 

En su local ubicado en la calle Tarqui y Olmedo brinda alimentos a los perros callejeros que llegan todos los días, comenta, que los animales comen y beben el agua, se toman un descanso y regresan a sus lugares habituales. 

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El profesional menciona que los canes también sirven para tratar a los niños y adolescentes con capacidades especiales y han logrado buenos resultados que se visualizaron luego de tabular los datos de los niños que recibieron el tratamiento de cano terapia. 

Buenaño considera que no hay jaurías de perros en la ciudad de Riobamba, sino que son perros comunitarios que reaccionan con la gente que les molesta, cita como ejemplo los perros del parque Infantil, que ladran a los mendigos y alcohólicos porque son quienes en algún momento les agredieron y el animal reacciona en su defensa. Perritos ayudan a personas con discapacidad.

El especialista que ejerció la docencia universitaria y que le gusta caminar, precisa que en la comunidad El Tablón encontró un perro atado y flaco, el dueño le dijo que era el guardián de su domicilio, y como solidario con el animal manifestó que donará una casa para que dicho animal tenga una vida digna porque es un ser vivo que merece cariño. 

Ordenanza vigente

El concejal Jorge Morocho comentó que la ordenanza 004 del 22 de marzo de 2019 que contiene 101 artículos, seis disposiciones generales y cinco disposiciones transitorias está en vigencia, pero considera que ha faltado socialización del contenido de la misma porque no se conoce que existan denuncias sobre el maltrato a los animales; el edil dijo que la gente no denuncia por falta de conocimiento de la normativa y especificó que en el caso de las infracciones leves, la sanción es del 10% del salario básico unificado (SBU) y de 200 a 500 horas de trabajo comunitario en la ciudad; mientras que, en cuanto a las infracciones graves se les aplicará una multa del 50% SBU y el retiro del animal para ser colocado al cuidado de una persona natural o jurídica que se designe y la obligación de que los infractores cubran la totalidad de los costos derivados de la atención veterinaria, alimentación y mantenimiento.

El artículo 95 que tiene que ver con las sanciones especifica que la transgresión a las disposiciones de la Ordenanza, serán sancionadas conforme la gravedad de la falta, en leves, graves y muy graves.
Las faltas leves se aplica en los siguientes casos:
– Por no custodiar permanentemente a sus animales de compañía en espacios públicos; 
– No limpiar y disponer de forma adecuada las heces y otros desechos orgánicos que los animales a su cargo generen;
– No contar con el carné de vacunación actualizado;
– No poseer el certificado de esterilización con datos básicos de su mascota, otorgado por un médico veterinario inscrito en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Riobamba;
– Por no proceder al Registro Municipal dentro de los seis primeros meses de tenencia del animal;
– No ubicar en el cuello de su canino y felino, un collar con su placa de identificación;
– No colocar en el canino un chip o tatuaje;
– No colocar en su perro o gato una correa, arnés o transportador para transitar en espacios públicos o comunales;
– No esterilizar de manera obligatoria a perros y gatos hasta el sexto mes de edad, con la finalidad de controlar la sobrepoblación canina y felina del cantón, con excepción de aquellos que son destinados para Criaderos;
-No colocar en el collar o arnés una placa de identificación; entre otros que determina la ordenanza en vigencia. 

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