Noboa decreta estado de excepción en 8 provincias de Ecuador
Noboa decreta estado de excepción, el Decreto Ejecutivo 498 establece la medida por 60 días y fija un toque de queda en 4 provincias desde el 17 de septiembre.

El presidente Daniel Noboa decretó este 15 de septiembre de 2026 un nuevo estado de excepción en ocho provincias y tres cantones de Ecuador, bajo la causal de grave conmoción interna.
La medida, establecida mediante el Decreto Ejecutivo 498, tendrá una vigencia de 60 días. El decreto también oficializa una restricción a la libertad de tránsito, conocida como toque de queda, que se aplicará únicamente en cuatro provincias entre el 17 y el 30 de septiembre.
¿En qué provincias rige el estado de excepción?
El Decreto Ejecutivo 498 incluye a las siguientes ocho provincias:
- El Oro
- Esmeraldas
- Guayas
- Los Ríos
- Manabí
- Pichincha
- Santa Elena
- Santo Domingo de los Tsáchilas
Además, la medida comprende tres cantones:
- Camilo Ponce Enríquez, en Azuay.
- Las Naves, en Bolívar.
- La Maná, en Cotopaxi.
El estado de excepción tendrá una duración de 60 días y contempla la suspensión de los derechos a la inviolabilidad de domicilio y a la inviolabilidad de correspondencia en las jurisdicciones señaladas.
¿Dónde habrá toque de queda en Ecuador?
El toque de queda no se aplicará en las ocho provincias y tres cantones incluidos en el estado de excepción.
La restricción a la libertad de tránsito se concentrará en cuatro provincias:
- El Oro
- Guayas
- Los Ríos
- Manabí
La medida comenzará a las 00:00 del 17 de septiembre de 2026 y estará vigente hasta las 23:59 del 30 de septiembre.

Durante ese periodo, la restricción de circulación será entre las 00:00 y las 05:00.
¿Qué derechos se suspenden con el estado de excepción?
El Decreto Ejecutivo 498 establece la suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio y de la inviolabilidad de correspondencia en las provincias y cantones incluidos en la declaratoria.
La primera medida permite a las fuerzas de seguridad realizar allanamientos dentro del marco establecido por el decreto y relacionados con las causas que motivaron el estado de excepción.
La suspensión de la inviolabilidad de correspondencia permite recopilar y analizar información considerada pertinente para prevenir o neutralizar amenazas vinculadas con los hechos que sustentan la declaratoria.
Además, el decreto dispone el empleo de las Fuerzas Armadas en coordinación con la Policía Nacional para fortalecer las acciones de seguridad y mantener el orden público en las zonas incluidas.
¿Quiénes podrán circular durante el toque de queda?
La restricción nocturna contempla excepciones para determinados servicios y actividades.
Entre las personas exceptuadas están quienes trabajan en establecimientos y servicios de salud de la Red Pública Integral de Salud y la Red Privada Complementaria.
También están exceptuados los integrantes de las fuerzas de seguridad, entidades complementarias de seguridad y servicios relacionados con gestión de riesgos, emergencias y desastres.
El decreto también garantiza las actividades de monitoreo de la Defensoría del Pueblo, el trabajo periodístico de los medios de comunicación y las actividades de funcionarios de organismos internacionales acreditados en Ecuador.
¿Qué dispuso Noboa para las Fuerzas Armadas y la Policía?
El presidente ordenó a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional fortalecer la protección interna y garantizar la seguridad ciudadana en las provincias y cantones incluidos en el estado de excepción.
El objetivo establecido en el decreto es prevenir, contrarrestar, reducir y neutralizar actividades criminales, violentas o delictivas que afecten los derechos y garantías de la población.
La medida se enmarca en las acciones del Gobierno para reforzar los operativos de seguridad frente a las estructuras criminales que operan en las zonas incluidas en la declaratoria.
¿Pichincha y Quito tendrán toque de queda?
Pichincha sí forma parte del estado de excepción, según el Decreto Ejecutivo 498.
Sin embargo, el toque de queda anunciado en este decreto no incluye a Pichincha. La restricción nocturna entre las 00:00 y las 05:00 está limitada a El Oro, Guayas, Los Ríos y Manabí.
Por lo tanto, estar dentro del estado de excepción no significa automáticamente que una provincia tenga toque de queda.
¿Cuándo empieza el toque de queda?
El toque de queda empezará el jueves 17 de septiembre de 2026 y se mantendrá hasta el 30 de septiembre de 2026.
La restricción funcionará diariamente entre las 00:00 y las 05:00 en El Oro, Guayas, Los Ríos y Manabí.
El estado de excepción, en cambio, tendrá una vigencia de 60 días y abarca un territorio más amplio: ocho provincias y tres cantones.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto durará el estado de excepción?
El estado de excepción decretado mediante el Decreto Ejecutivo 498 tendrá una vigencia de 60 días.
¿Cuántas provincias están incluidas?
Son ocho provincias: El Oro, Esmeraldas, Guayas, Los Ríos, Manabí, Pichincha, Santa Elena y Santo Domingo de los Tsáchilas.
¿Qué cantones también están incluidos?
Camilo Ponce Enríquez, en Azuay; Las Naves, en Bolívar; y La Maná, en Cotopaxi.
¿En qué provincias habrá toque de queda?
El toque de queda se aplicará en El Oro, Guayas, Los Ríos y Manabí.
¿Cuál será el horario del toque de queda?
La restricción regirá entre las 00:00 y las 05:00, desde el 17 hasta el 30 de septiembre de 2026.
¿Quito tendrá toque de queda?
No. Pichincha está incluida en el estado de excepción, pero no en el toque de queda establecido para estas cuatro provincias.
¿Qué derechos se suspenden?
El decreto suspende la inviolabilidad de domicilio y la inviolabilidad de correspondencia en las jurisdicciones incluidas en el estado de excepción.
¿El personal de salud podrá circular durante el toque de queda?
Sí. El decreto contempla excepciones para el personal de los establecimientos y servicios de salud de la Red Pública Integral de Salud y la Red Privada Complementaria, además de otros servicios esenciales señalados en la medida.