¿Qué menciona la ley al respecto del maltrato infantil? En el Código de la Niñez y la Adolescencia se habla sobre la protección contra el maltrato, abuso, explotación sexual, tráfico y pérdida de niños, niñas y adolescentes, esto en su cuarto título. En el citado cuerpo legal se manifiesta que “se entiende por maltrato toda conducta, de acción u omisión, que provoque o pueda provocar daño a la integridad o salud física, psicológica o sexual de un niño, niña o adolescente”. Anteriormente se mencionó que los castigos físicos están culturalmente aceptados, y se los considera necesarios, pero este código menciona, en su artículo 76, argumentos contra las prácticas culturales de maltrato. En el apartado se enfatiza que “no se admitirá como justificación”, ni tampoco como “atenuación”, los alegatos de que “constituyen métodos formativos o que son prácticas culturales tradicionales”. Así, el abogado Gabriel Ortiz da más detalles de lo que se contempla en la normativa legal. Lo jurídico frente al maltrato infantil.
¿Cómo el Estado vela por la integridad de los niños y niñas del Ecuador?
Hay que recalcar que la norma suprema que tiene el Estado es la Constitución y nosotros nos regimos, precisamente, en la Constitución, y en ella hay un artículo fundamental que habla sobre las medidas que el Estado puede adoptar para que se asegure a los niños, niñas y adolescentes. Hablando exactamente, el artículo es el 46, que en su numeral 4 menciona que “el Estado velará por la protección y atención contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual o de cualquier otra índole, o contra la negligencia que provoque tales situaciones”. Como el Estado, como la Constitución se manifiesta en este artículo, hay normativas supletorias y complementarias, como por ejemplo el Código de la Niñez y la Adolescencia, y este cuerpo legal se concentra más en esto.
¿Por qué el Estado tiene que velar por ellos?
Porque forman parte de los grupos vulnerables de la sociedad. Es un grupo de atención prioritaria, porque a este grupo no solo van niños, niñas y adolescentes, también van los adultos mayores. A estas personas el Estado enfoca más su atención para que puedan fortalecer y dirigir su vida. Los niños, adolescentes y adultos mayores, con el paso del tiempo, no pueden ejercer libremente sus derechos, y el Estado prioriza aquello. El Estado manda estas normas, estos artículos para que puedan ejercer plenamente sus derechos.
En la práctica, ¿qué carencia tiene el Estado para proteger a los niños?
Viendo desde esa perspectiva es algo muy preocupante. El Estado brinda las acciones necesarias con proyectos, planes en los cuales intenta salvaguardar a este grupo prioritario. Yo creo, desde mi punto de vista, que más es el apoyo de los familiares. El Estado puede hacer maravillas, puede ir directamente donde el niño, ayudarle en lo que más pueda, pero, si no tiene un familiar que esté detrás de él, que le ayude, que le aconseje, el Estado carecería en su afán, pues, no se podría hacer directamente ese acompañamiento.
¿Por qué los maltratos físicos están normalizados?
En el Código de la Niñez y Adolescencia se prohíbe el maltrato, abuso y explotación sobre este sector. Pero, enfoquémonos más en el concepto de qué es el maltrato. El maltrato, cuando hablamos de este tema, nosotros nos referimos a una conducta que es por acción u omisión que provoque daños que pueden ser en la integridad, la salud psicológica y sexual, enfocándonos más en este concepto, y decimos que este mismo código prohíbe todo tipo de maltrato, ya tenemos una norma que prohíbe eso, y más este tipo de cosas llega a las personas por costumbre, constituyéndose en un tema cultural.
¿Es una consecuencia de la falta de información?
Lamentablemente, las personas creen que por desconocer una ley la pueden violar. Recordemos que una persona, aunque no conozca la ley, está obligada a respetarla; entonces, mediante esta frase, una persona, como dijimos anteriormente, siendo éste un tema más cultural, un padre puede decir: “yo le puedo criar a mi hijo como yo quiera, porque es mío”, y está bien que le críe a su hijo, está bien que él tome las medidas necesarias, pero cuando estas medidas afectan al pensamiento o a la psicología de los niños, ahí es cuando se entra en conflicto con la ley en vigencia.
Entonces, ¿qué se puede esperar del futuro de los niños en esa coyuntura?
Es penoso pensar en esto, porque uno puede ir al centro y encuentra más niños que adultos vendiendo chicles, caramelos, o vas a cualquier lado y miras niños mendigando, sin ir a la escuela, y es penoso porque el Estado puede garantizar, pero depende bastante de cómo se cría al hijo.