En el Código de la Niñez y Adolescencia constan los derechos de una mujer embarazada, y entre ellos está el recibir pensión alimenticia desde el momento de la concepción. Po esta razón es necesario conocer sobre el periodo oficial en el que los padres deberían empezar a pagar la pensión alimenticia.
“Cuando supe que estaba embarazada me asusté porque no tenía un trabajo estable y el papá de mi hijo se fue sin dar ninguna explicación”
Esto lo contó María Y., después de que su abogado le explicara los derechos que tenía desde que inició su embarazo.
La Corte Nacional de Justicia, en diciembre de 2021, contestó la pregunta que se relacionaba a si una mujer embarazada debía recibir pensión alimenticia por parte del padre del bebé.
Para ello en el código antes mencionado, en el art. 148, indica que “la mujer embarazada tiene derecho, desde el momento de la concepción a alimentos para la atención de sus necesidades de alimentación, salud, vestuario, vivienda, atención del parto (…)”.
Es decir que debe recibir, de acuerdo con las tablas establecidas, una pensión desde la concepción y no solamente desde que se haya presentado la demanda alimenticia.