Fue el martes nueve de junio cuando el presidente de la República, Lenín Moreno Garcés, presentó una objeción parcial al proyecto de Ley Humanitaria. Según se dio a conocer, son 32 las observaciones, y será en un plazo de 30 días en el que en la para que se analice dichas observaciones y la Asamblea deberá resolver veto parcial.
Cambios. Por ejemplo, una de las observaciones que se hace es que, con el fin de precautelar los derechos de los trabajadores, se corrige la interpretación de la causal de “fuerza mayor” para asegurar que no existan abusos por parte de las empresas, a la hora de desvincular personal. Con ello, al mismo tiempo, se apunta a preservar las fuentes de trabajo.
Casos. En otro aspecto, se determinó que los acuerdos a los que lleguen empleadores y empleados para reducir la remuneración, en ningún caso se podrán concretar por debajo del salario básico.
Asimismo, se estableció que este tipo de acuerdos deberán constar por escrito y especificar que se acogen a la presente ley.
En el mismo ámbito, se señala que los empleadores podrán acordar la reducción de la jornada hasta un máximo del 50% y el pago corresponderá, en proporción, a las horas efectivamente trabajadas y no será menor al 55% de la fijada previo a la reducción.
Esta modalidad podrá efectuarse durante un año con la posibilidad de renovarse por el mismo período, una sola vez.
Tipo. Otra de las objeciones contempla la figura del contrato especial emergente. Podrá tener una duración de un año, contemplará como mínimo 20 horas semanales y hasta cuarenta, distribuidas en un máximo de seis días a la semana, sin sobrepasar las ocho horas diarias y tener 24 consecutivas de descanso.
Se determina también que, en caso de que se requiera renovar esta contratación, pasará a ser definitiva.
Normado. Se ha normado el teletrabajo para el sector público y privado. Esta modalidad podrá tener 3 formas: permanente, parcial y ocasional.
Se garantiza que quienes se acojan a este tengan derecho a la desconexión, la cual deberá ser de -al menos- doce horas consecutivas.