Explicación sobre el uso de la fuerza

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El punto de vista jurídico también es relevante al momento de entender cómo se emplea y se lleva a cabo el uso de la fuerza y el caso del policía Santiago Olmedo. El abogado Omar Hidalgo señala cuáles son las condiciones que se deben cumplir para que esta acción se lleve a cabo en un estado de derecho. Explicación sobre el uso de la fuerza.

Desde el derecho, ¿cómo se puede entender el caso del policía Santiago Olmedo?
Habría que llevar esto desde el principio, donde los hechos, a través de los diferentes medios, han hecho popular la historia de este policía. El mismo que, en el uso de sus atribuciones conferidas por la ley, cometió un delito. No olvidemos que, si bien es cierto, dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano tenemos ciertas atribuciones, estas facultades no pueden ir por encima de la ley. Para cada una de las disposiciones o para cada uno de nuestros trabajos tenemos ciertos criterios que, efectivamente, se pueda ir en el marco de la legalidad y el respeto del ordenamiento jurídico ecuatoriano.

¿Qué pasa dentro del caso de Santiago Olmedo?
Esto es muy conocido y fue sonado dentro del país por la conmoción social que ha generado, es precisamente que se juzgó, —y lo digo, ¿no?, para el criterio de la sociedad— a un policía por “hacer su trabajo”; pero, lo que no se está verificando es que nosotros tenemos una línea, y al policía por lo que se juzga es por la extralimitación de la ejecución de un acto de servicio; es decir, él está ejecutando un acto dentro del servicio, pero ésta debe ser llevada dentro de los parámetros establecidos por la ley. Nosotros dentro de la ley tenemos, al menos, cuando un servidor policial, los parámetros para hacer uso progresivo o racional de la fuerza. Ellos necesitan tener tres parámetros: el uno es la legalidad que, obviamente, significa que esté enmarcado del ordenamiento jurídico ecuatoriano; otra es la proporcionalidad con la que yo utilizo este uso progresivo de la fuerza; y, la tercera, es la necesidad. Son estos tres elementos lo que, jurídicamente, se necesita para poder hacer el uso de la fuerza e, inclusive, como de última ratio, el uso progresivo de la fuerza letal.

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¿Qué artículo se está aplicando?
A él lo juzgan por lo que establece el artículo 293 del Código Orgánico Integral Penal, que señala, precisamente, o establece los verbos rectores que nosotros conocemos en derecho para verificar que una acción es penalmente relevante. Entonces, hablamos que la persona, en el uso de su servicio o en la ejecución de la misma, no observa el uso progresivo racional de la fuerza en los casos que deba utilizarlos. Y, como consecuencia de aquello, produzca o lesione a una persona, por lo que será sancionado con la pena privativa de libertad que corresponde.

¿Qué opina de los análisis que mencionan que con este tipo de sentencias no se deja trabajar a la Policía Nacional?
En un Estado Constitucional, como el que somos nosotros, la línea tan frágil que sostiene la sociedad es el respeto íntegro al derecho de todos. Todas las personas tenemos derechos, y por encima de todos los derechos está el derecho a la vida, ese es un derecho primordial. Si no estuviera facultado por la ley, entonces, no estaríamos en un estado de derecho constitucional, estaríamos en un estado de represión inclusive, porque, qué tal —y esto es un ejemplo— si a esta persona, a la que le dispararon, no le estaba asaltando, simplemente fue un malentendido, ¿en dónde queda el principio de inocencia?, nuestros estamentos jurídicos que mantienen a la sociedad. No olvidemos que el derecho se encarga de regular y de juzgar, no le corresponde al policía juzgar, le corresponde a los administradores de Justicia.

¿La reacción de la ciudadanía tras estas muertes demuestra la falta de confianza en el sistema judicial vigente?
Lo que pasa dentro de nuestro ordenamiento jurídico ecuatoriano, considero, no podemos culparles solamente a los administradores de justicia, tenemos que hacerlo al conglomerado, porque todo es un engranaje, todo el sistema funciona así. Más allá de eso, considero que el Estado debe eliminar ciertas brechas para que en su conjunto, para que el tema nuestro, penal, que es un sistema sancionatorio, como tal, ya no tenga ese resquebrajamiento concentrado en una pena que se observa.

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