Un docente de la Espoch fue sentenciado por acoso sexual a una estudiante de 19 años. El sujeto tocó el pecho de la joven al ingreso al aula
Docente de la Espoch sentenciado por acoso sexual
En enero de 2023, agentes de la Policía Nacional ingresaron a la Escuela Superior Politécnica de Chimborazo (Espoch) con una orden legal.
¿Para qué? En flagrancia, detener a Ernesto Marcelo B. T., docente de la Facultad de Administración de Empresas (FADE).
¿El motivo? Una estudiante de 19 años de edad denunció que el hombre tocó su pecho por debajo de la ropa.
Docente politécnico con sentencia
De inmediato, los protocolos de la institución de Educación Superior se activaron, así como las diligencias judiciales.
Decía dijo ‘María’ (nombre protegido), quien, sin temor, se sumó a la denuncia presentada por la estudiante el 24 de enero de 2023.
Al igual que ella, otras 7 jóvenes contaron su triste y similar verdad.
La víctima quiso ingresar a su aula de clases, pero en la puerta la sorprendió el docente, de 61 años de edad.
El hombre le impidió el paso con su brazo para, luego, tocar a la estudiante mientras la besó en la mejilla.
La joven denunció inmediatamente este acto inmoral, lo que permitió la aprehensión en flagrancia del sujeto.
Conocido el caso, el fiscal de la Unidad de Violencia de Género 1 investigó y recopiló pruebas.
Así, en la audiencia, relató los hechos ocurridos esa tétrica mañana en ese ‘Templo del Saber’.
La acusación se basó en:
- El testimonio anticipado de la víctima, que manifestó que se sentía acosada por su agresor desde el inicio de la carrera
- Testimonio de una estudiante que fue testigo del hecho
- Testimonio del psicólogo que evaluó a la víctima
- Testimonio de los policías que tomaron procedimiento el mismo día
- Entre otros
Acoso sexual lo condenó
Tras un profuso análisis, casi 2 años después, el Tribunal de Garantías Penales de Chimborazo emitió su resolución la mañana del miércoles 5 de febrero de 2025:
¿La razón? Abuso sexual cometido contra una estudiante.
Al hombre le condenaron en base al artículo 170, inciso 1, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
¿Qué dice? Sanciona el delito de abuso sexual con pena privativa de libertad de 3 a 5 años.
Pero, la condena se incrementó al considerar las agravantes estipuladas en el artículo 48, numerales 2 y 8 del mismo cuerpo legal.