Denuncia, pero no comparece a trámite

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Hay inconvenientes porque la víctima presenta la denuncia y luego desaparece, ni siquiera va a la audiencia, y el juez no puede juzgar y queda libre, denuncia, pero no comparece a trámite, dijo Mario Yépez, abogado. 

Denuncia, pero no comparece a trámite. http://54.163.33.106

¿Por qué la gente tiene miedo a denunciar ciertos delitos que se presentan en la sociedad?
La legislación determina varios delitos, por ejemplo el robo que se produce con violencia, ocasionando lesiones a las personas, sin embargo, las víctimas no denuncian por temor a represalias, a veces se da cuando hay un hecho flagrante, que es comunicándose al ECU-911, donde interviene la Policía, que emite un parte policial, poniendo en conocimiento de la Fiscalía, así como de la Unidad Judicial Penal, para que el juez proceda a realizar la audiencia dentro de las veinticuatro horas, pero, únicamente da a conocer para que el policía tome procedimiento.

Entonces, ¿qué sucede cuando la Fiscalía toma conocimiento del hecho?
La Fiscalía comienza la investigación inmediata, y en las 24 horas debe tener los elementos de convicción suficientes para probar si el delito supera el año de prisión y, si esto ocurre, pedirá una pena privativa de la libertad, que puede ser una prisión preventiva a solicitud del fiscal, pero si en este tiempo el denunciante desaparece, no contesta su número telefónico, no avisa la dirección… y, al no existir la colaboración, la Fiscalía no solicita la formulación de cargos y el trámite queda solo en investigación previa, nada más.

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¿Allí el detenido sale inmediatamente?
Luego de la audiencia, por no existir los suficientes elementos para que se le pueda imputar a la persona que se encuentra privada de la libertad, generalmente, esto cuando exista el delito de robo o en los casos de abigeato, que son los delitos más comunes, es ahí cuando la Fiscalía, que es la titular de la acción penal, no continúa el caso por la falta de colaboración de la propia víctima.

¿Qué debería hacer la víctima para perder el miedo a denunciar?
Tener un poco más de confianza en la administración de justicia; además las autoridades, la Policía Nacional, así como la Policía comunitaria deben dar charlas en los barrios, dando a conocer a los ciudadanos el derecho que tienen como víctimas.

¿Cómo se puede garantizar el derecho de las víctimas sin temores?
En el Código Orgánico Integral Penal tenemos medidas de protección, y si la víctima ha recibido alguna amenaza se le puede otorgar un botón mecánico o una boleta de auxilio en el momento que se hace la audiencia, y esto se puede hacer no solo por medio de la Policía Nacional, sino también a través de la Fiscalía, que tiene una unidad que se llama Protección de Víctimas y Testigos, pero esto es lo que desconoce la ciudadanía. 

¿Cuándo actúa esta unidad especializada?
Cuando las víctimas están amenazadas, allí la Fiscalía, en colaboración con la Policía Nacional, da seguimiento y vigilancia total a la víctima para que se sienta resguardada; sin embargo, esto desconoce la mayoría de la sociedad, y al existir el temor solamente presenta la denuncia y no continúa con el proceso.

Cuéntenos, ¿qué sucede con los actos de violencia intrafamiliar?, ¿se mantiene la denuncia contra el agresor?
Si hay violencia de género o violencia intrafamiliar las víctimas de las agresiones físicas, psicológicas o sexuales es la Policía la que toma procedimiento, y el momento de la detención le lleva a sacar los certificados médicos y se le práctica un examen médico legal, es decir, es la Policía Nacional, a través del departamento de la Devif, que indica a la víctima que le van a llamar al teléfono para que comparezca; sin embargo, su esposo, su conviviente o su expareja que se encuentra privado de la libertad tiene derecho a realizar una llamada telefónica para comunicar a sus familiares para que coordinen con la víctima, y en ese momento llegan a tener algún acuerdo o le conmueven porque existen hijos de por medio o porque tiene un trabajo, y al ser sentenciado pierde su fuente de ingresos, y estos elementos hacen que la víctima no colabore con la justicia y a la hora de la audiencia no comparezca, recordando que los policías únicamente tomaron procedimiento, ya que no vieron las agresiones.

¿Es indispensable la comparecencia de la víctima a la audiencia?
Para que las personas se queden privadas de la libertad por una contravención se necesita el testimonio de la víctima, y si no aparece no hay un nexo causal.

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