Paúl Mancero, delegado de Derechos Humanos, indicó que hay problemas estructurales que han explotado en estos últimos meses; no es la única crisis carcelaria, es necesario que los organismos competentes del Estado den información más sostenida sobre la posible vinculación e infiltración de elementos de desestabilización política. Crisis carcelaria en Ecuador.
Esta temática no se trata solo del hacinamiento de delincuentes comunes y corrientes; a través de reportajes se ha señalado que el problema no es de ahora, las coyunturas y circunstancias hay que determinarlas y veo una debilidad de respuesta del Estado. El tema, con todo lo que conlleva el auge del narcotráfico y la mafia, habría que determinar desde qué gobierno entró con fuerza y si se les permitió o no; cómo puede ser posible que un gobierno no tenga gente preparada; por ejemplo, el último director del sistema carcelario estuvo dos meses, de tal manera que no se puede seguir jugando con este tema.
Mancero dijo: “hay un problema inmediato para solucionar, algo que se lo hará en meses y posiblemente años; la gente se está muriendo masacrada; la obligación del Estado, según el artículo 158 de la Constitución es que “a través de la Policía y Fuerzas Armadas, que son organismos de protección y garantía de los derechos de las personas privadas de la libertad, tiene derecho a que se garantice su vida e integridad personal al interior de los centros de rehabilitación y de detención”.
Estos entes tienen la obligación de ingresar, y no solo acordonar el perímetro y amparados en el artículo referido sitiar a los jefes de las mafias de los distintos pabellones y establecer un barrido general.
Fallo Corte Constitucional. A efectos de proteger un desmedido abuso por parte de la Policía o Fuerzas Armadas expresa una prohibición de las Fuerzas Armadas de ingresar, normalmente correcto, pero al haber una masacre en la que la vida de la gente está en peligro; el presidente y el Comando Conjunto, la Comandancia, el ministro de Defensa y Gobierno están amparados constitucionalmente para solicitar una ampliación en el contexto como último mecanismo para que las Fuerzas Armadas ingresen.
Las personas por delitos menores, tránsito y alimentos y que están dentro de estas hordas criminales paguen este tipo de circunstancias; es inmediato que estas personas sean reubicadas u otorgarles la libertad, libertad controlada o arresto domiciliaria o elementos sustanciales.