Corte Constitucional declaró insconstitucionaL a artículos de LOAH que permitía despidos y pidió a la Asamblea que revise si aún es adecuada.

Con la sentencia 49-20-IN/25, la Corte Constitucional de Ecuador declaró inconstitucionales varios artículos de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario (LOAH) que permitían el despido unilateral de trabajadores.
Se trata de una decisión tomada con 6 votos a favor y tres en contra, 5 años después de la publicación de la ley.
Los artículos 16, 17 (primer inciso), 18 y una frase del artículo 19 fueron anulados, pues establecían medidas laborales extraordinarias, como la reducción emergente de la jornada de trabajo y la introducción de contratos especiales emergentes.
La Corte recomendó a la Asamblea Nacional evaluar si, tras la pandemia del COVID-19, la normativa sigue siendo adecuada en el momento actual y, en caso de ser necesario, proceder con las reformas y modificaciones pertinentes.
¿Qué establecía la LOAH para que permitiera despidos?

Margarita Cabrera, abogada laboral, explicó la LOAH daba apertura o carta abierta para que haya un pacto entre trabajadores y empleadores para modificar las condiciones previamente existentes de los contratos.
Lo que en muchos casos resultó en la reducción de jornadas y salarios. Afectando directamente a la estabilidad laboral y a los beneficios de los trabajadores.
El contrato temporal normalmente es de tres meses, no debería exceder aquello. Pero en pandemia se creó un tipo de acuerdo o contrato temporal que duraba un año y podía renovarse por un año más.
Margarita Cabrera, abogada laboral
Otro punto de conflicto fue la reducción del descanso de dos días consecutivos a solo 24 horas seguidas. Esto significaba, en la práctica, que muchos trabajadores terminaban laborando más tiempo por un menor salario, lo que iba en desmedro de sus derechos.
La ley también permitió la reducción de la jornada laboral hasta en un 50%, lo que conllevó la disminución proporcional del salario.
Cabrera aclaró que, si bien la norma establecía que no se podría negociar con el trabajador para bajarle el salario. En la práctica esto ocurrió al reducir las horas de trabajo sin garantizar una compensación adecuada.
Corte Constitucional pide a Asamblea Nacional que revise la LOAH
La Corte Constitucional también exhortó a la Asamblea Nacional a revisar la vigencia de la normativa.
Cabrera cuestionó que “lamentablemente la Asamblea Nacional no ha hecho su trabajo durante estos dos años” y que “ahora apenas venga a querer reconsiderar estos puntos de la Ley de Alivio Humanitario”.
Si bien las decisiones de la Corte Constitucional tienen efecto inmediato y son de aplicación obligatoria, la Asamblea Nacional debe formalizar los cambios legales.
Las decisiones de la Corte Constitucional son aplicables a todos sin oposición. Es decir, que la Asamblea, el Ministerio del Trabajo, y la empresa privada y pública deben de obedecer innegablemente.
Margarita Cabrera, abogada laboral
Para la abogada, la revisión de la Ley de Apoyo Humanitario es urgente, ya que se crearon disposiciones que precarizaron el trabajo y que ya no tienen justificación en 2025, pues la crisis sanitaria terminó hace casi dos años.
El debate ahora se centra en si la Asamblea actuará con la celeridad que el caso requiere.
La Corte Constitucional ha emitido su fallo y ahora el país espera que las autoridades cumplan con su deber de garantizar condiciones laborales justas y equitativas para los trabajadores ecuatorianos.