Los conductores de aplicaciones no tendrán sanciones temporalmente según la Corte Constitucional del Ecuador que anuló el art 386 del COIP.
La Corte Constitucional (CC) de Ecuador declaró inconstitucional el artículo 386 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sancionaba a conductores de aplicaciones digitales de transporte como Uber, Didi e Indriver.
El fallo señala que no se puede penalizar a los conductores de estas plataformas sin una regulación clara que les permita obtener la autorización correspondiente.
Por ello, la Corte no ha legalizado la actividad, sino que ha suspendido las sanciones hasta que la Asamblea Nacional cree una normativa adecuada.
Las autoridades de movilidad del país tienen un plazo de 15 días para informar a sus agentes de tránsito sobre esta medida.
La Asociación de Conductores de Aplicaciones del Ecuador (Asoconappe) se pronunció a favor de la decisión, calificándola como un avance hacia la regulación formal de la actividad.
Con esta resolución, se suspende la aplicación de sanciones temporalmente, aunque la regularización de las aplicaciones de transporte aún está pendiente de debate en la Asamblea.
¿Cuáles eran las sanciones para los conductores de aplicaciones?
Antes de la sentencia de la Corte Constitucional, los conductores de aplicaciones de transporte como Uber, InDrive y Didi en Ecuador eran sancionados por operar sin una regulación específica. Las sanciones incluían:
- Multa de USD 920
- Descuento de 10 puntos en la licencia de conducir
- Retención del vehículo por un mínimo de 7 días
Estas sanciones estaban establecidas en el artículo 386 del COIP y por el momento están suspendidas. Por lo tanto, los conductores de aplicaciones podrán trabajar sin ninguna restricción.
Conductores de aplicaciones en Chimborazo opinan
Para conocer sobre las reacciones a la disposición consultamos con los conductores que utilizan la aplicación InDriver en Riobamba. De esta manera encontramos a Kevin Cabezas.
Cabezas, es conductor profesional y antes ya había trabajado como taxista. Sin embargo, hace dos años decidió trabajar en la aplicación, la cual menciona es mucho más rentable a pesar de ofrecer precios más bajos que un taxi convencional.
Es así que, mencionó que la aplicación funciona conforme a recargas, de la cual cada carrera cobran el 9,99% y el resto se lo queda la aplicación. Por ejemplo, si es de USD 1 al conductor le corresponde 90 ctvs.
Asimismo, Roberto Astudillo afirmó que con la nueva dispocisión se siente más tranquilo al laborar. Ya que, en varias ocasiones una agente de tránsito le ha presionado para que no recoja pasajeros en las calles del centro de Riobamba.
Mientras que, en Movilidad Riobamba, según un agente de tránsito, las autoridades aún no han realizado la socialización de la disposición de la Corte Constitucional del Ecuador. Aunque algunos de sus compañeros ya se han informado por las redes sociales.
Por otro lado, el agente Garcés opinó acerca del dictamen, y argumentó que la Asamblea Nacional tiene que debatir el tema lo más pronto posible. Ya que, su importancia es de nivel nacional.
De esta manera, los agentes de tránsito van conociendo de la suspención de las sanciones y los conductores de aplicaciones ejerciendo sus labores, ya sin el temor de ser sancionados.