Alcalde de Riobamba John Vinueza aseguró que su proceso de remoción no procede legalmente y llamó envidiosos a los concejales de la comisión.
En la rueda de prensa del 7 de enero, el alcalde de Riobamba, Jhon Vinueza, rechazó el proceso de remoción en su contra y calificó la denuncia como “una maniobra irresponsable” de un grupo político que buscaría desestabilizar la ciudad.
Vinueza fue más allá, señalando directamente a los denunciantes (aunque no dio nombres) y calificó su actuar como malintencionado.
Según el alcalde, los implicados no revisaron los documentos legales pertinentes y presuntamente buscan manipular políticamente un sistema diseñado para ejercer control responsable.
Asimismo, denunció que el manejo del proceso ha estado plagado de irregularidades. Según Vinueza, la Comisión de Mesa tomó decisiones sin consultar a todos sus miembros, y las denuncias fueron admitidas sin una revisión exhaustiva de los documentos legales.
«Esto no es solo un ataque a mi administración, es un ataque a Riobamba. Están jugando con el tiempo, los recursos y la imagen de nuestra ciudad”, afirmó, advirtiendo que esta situación podría afectar acuerdos de cooperación y proyectos clave en marcha.
Causa para la remoción del alcalde de Riobamba
El caso gira en torno al convenio 035 de 2019, firmado con el Centro de Medicina Forense, y las modificaciones realizadas mediante una adenda.
Pues, los denunciantes acusaron al alcalde de haberse extralimitado al firmar cambios sin la aprobación previa del Concejo Cantonal de Riobamba.
Sin embargo, Vinueza sostiene que actuó dentro del marco legal, amparado por la cláusula octava del convenio, que permite a la máxima autoridad realizar ajustes.
Por lo que, el proceso se encuentra en la etapa final de análisis por parte de la Comisión de Mesa, la cual deberá emitir un informe que será puesto a consideración del Concejo Cantonal.
Defensa del alcalde John Vinueza afirmó que hay incongruencias en el caso de remoción
Según la abogada Carolina Moreno, representante legal del alcalde Jhon Vinueza, el fundamento legal clave para que la denuncia no proceda radica en la cláusula octava del convenio 035 de 2019, la cual establece que:
Moreno argumentó que esta cláusula otorga a la máxima autoridad, la facultad de realizar modificaciones al convenio sin necesidad de una nueva aprobación del Concejo Cantonal. Ya que, dicha potestad fue previamente ratificada por una resolución del mismo Concejo.
Específicamente, el convenio fue validado el 4 de septiembre de 2024, con 9 votos a favor. Lo que, según Moreno, desvirtúa cualquier alegato de extralimitación de funciones.
Asimismo, la abogada señaló que los denunciantes no interpretaron de manera integral el convenio y desconocieron las resoluciones anteriores que avalan las acciones del alcalde.
“Esto demuestra una falta de comprensión o una mala fe al fundamentar la denuncia”, expresó Moreno. Agregando que el proceso podría estar viciado debido a irregularidades en su manejo por parte de la Comisión de Mesa.
Finalmente, destacó que no existe un hecho sancionable según los principios de legalidad, lo que reforzaría la defensa del alcalde y pone en duda la viabilidad de la denuncia.