¿Son insuficientes los cuerpos legales que combaten a la delincuencia en el país? ¿El debido proceso es un impedimento para que los jueces y fiscales puedan encarcelar a los criminales? ¿Por qué se produce la delincuencia? Tomando en cuenta el nivel de peligrosidad y delincuencia, que más se genera en la Costa, el presidente Guillermo Lasso tomó la decisión de declarar a toda la región en Estado de Excepción. Esto no generó buenos resultados, ya que uno de los más recientes casos de violencia fue el asesinato de un abogado a puertas del hotel “Sheraton” en Guayaquil. ¿El Ecuador está a punto de convertirse en un Estado fallido? El abogado Luis Valencia ofrece su perspectiva al respecto. A todos por igual: criminales y ciudadanos.
¿Cómo se administra justicia en el país?
Partiendo desde el Derecho Penal, lo que engloba es la tipificación de los delitos, y esto quiere decir que hay un sinnúmero de delitos, ya sea en el ámbito público o privado. En los delitos de acción penal pública, la Fiscalía es la encargada de llevar a cabo los procesos, o la titular de la acción penal. Ellos son los encargados de contar con los elementos que uno necesita para procesar a una persona, es por ello que podemos encontrar varias falencias en el sistema judicial, y si las personas desconfían del sistema de justicia es por las garantías del debido proceso. Las garantías jurisdiccionales de control, dentro del ámbito penal, están enfocadas netamente, en la protección de las personas que han sido vulneradas o que son titulares del bien jurídico protegido, que en este caso seríamos todos los ciudadanos ecuatorianos; en sí, el Derecho Penal busca la protección y el cuidado de estos bienes jurídicos, ya sea de la propiedad, de las personas en sí, de nuestra salud, ya sea física, mental, sexual.
La ciudadanía cuestiona: ¿por qué los delincuentes capturados en flagrancia salen en libertad?
La delincuencia, cuando es flagrante, es decir, al momento en que se realiza la acción delictiva, se ve envuelta en un sistema judicial. Es decir, los delincuentes están procesados dentro de una flagrancia, en el proceso penal que conlleva esto. La flagrancia quiere decir que ellos están en una detención de 24 horas hasta encontrar los elementos o las pruebas necesarias, que les puedan hacer presumir que están dentro del cumplimiento de una infracción y demuestre que la detención haya sido legal. Aquí tenemos dos puntos: que la detención haya sido legal; es decir, que se le hayan leído los derechos a la persona que fue detenida, que se le cumpla el debido proceso. El proceso engloba el ámbito policial, también, y que la detención sea legal. Éste es el primer punto que se trata en una audiencia de flagrancia. El segundo punto es en qué acto le encontraron. Y aquí hay que analizar si fue un delito, si fue una tentativa de robo, por decir un ejemplo, o si es que en serio robaron a alguien, agresiones o dependiendo del tipo de delito que haya cometido la persona.
¿Y qué con las medidas cautelares?
El Derecho Penal ecuatoriano y las garantías jurisdiccionales nos habla sobre la prisión preventiva. Esta medida cautelar es de última instancia. Hay que tomar en cuenta que no importa la peligrosidad del criminal, él también tiene derecho al debido proceso, tiene el derecho a defenderse en libertad. A menos que esta persona, procesada, ya tenga antecedentes. Y que les haga presumir a los fiscales que no se puede contar con su participación y colaboración en el proceso.
¿Es insuficiente el Código Orgánico Integral Penal?
Nuestro COIP, lastimosamente, ha fracasado. No tenemos una garantía que nos demuestre que este sistema ha sido eficaz. Vemos los procesos y, con mucha pena, reconocemos, los abogados, que hemos abusado de las garantías jurisdiccionales para intentar sacar a personas de la prisión con artimañas, se podría decir, bajo las modalidades de Hábeas Corpus, o acciones de protección. Este tipo de cosas ha ayudado a que la ciudadanía no tenga una confianza en el sistema judicial y mucho menos en los abogados que estamos en el libre ejercicio.
La ciudadanía considera que los Derechos Humanos no permiten luchar contra la delincuencia, ¿desde el ámbito jurídico esto es real?
Los Derechos Humanos resguardan la seguridad jurídica de cada uno de los ciudadanos, no solo de los delincuentes. Lastimosamente, en nuestro Estado, al ser muy garantista, tenemos muchos derechos que hemos adquirido. Y esa abundancia de derechos hace que tengamos una contraposición: ¿A quién defendemos? Esa es la cuestión. ¿Defendemos a la ciudadanía o a los delincuentes? Tenemos que hacerlo por igual.