Pasaron 8 años para que la Asamblea Nacional apruebe el Código Orgánico de Salud (COS), argumentando que el proyecto promueve “el cuidado integral de la salud” y tiene un enfoque de inclusión e interculturalidad. El texto avalado tiene 405 artículos, y fue aprobado con 79 votos a favor. El código está en manos del Ejecutivo, y el presidente Lenín Moreno tiene 30 días para vetar parcial o totalmente el mismo.
Antecedentes. El proyecto ingresó al Legislativo en 2012, en 2016 el hoy titular de la Comisión de Derecho a la Salud, William Garzón, presentó un proyecto alternativo, el que desde ese diciembre se repartió y discutió hasta su aprobación en 2020.
Análisis. A breves rasgos, abordaremos algunas temáticas que han dividido a varios sectores sociales en torno a su promulgación.
Reproducción. Se establece que se podrá realizar en el país este tipo de técnicas cumpliendo las normas, requisitos y regulaciones determinadas por la autoridad sanitaria nacional y los principios bioéticos universales relacionados con el tema.
Maternidad subrogada. Está permitida únicamente en los casos en los que existan circunstancias médicas que no permitan el embarazo en la mujer, se garantiza el derecho de los niños y niñas al armonioso desarrollo de su personalidad en el seno familiar. Se prohíbe realizar estos procedimientos en niñas y adolescentes, así como las contraprestaciones económicas o compensaciones de cualquier tipo a cambio de la donación de gametos, embriones o de la subrogación del vientre.
Anticoncepción. Se elimina la objeción de conciencia de los profesionales de salud en la anticoncepción y, es más, se prohíbe que se nieguen a “prescribir, implantar, aplicar o realizar el procedimiento anticonceptivo” elegido por las usuarias, a menos que existan razones médicas para hacerlo; de ser el caso, se debe registrar los motivos en la historia clínica. Uno de sus objetivos es prevenir el embarazo infantil y adolescente, toda forma de violencia, el VIH-SIDA y otras infecciones de transmisión sexual, se anota.
Emergencias obstétricas. Se garantiza la atención inmediata y no se criminaliza a las mujeres por abortos espontáneos, aunque no despenaliza el aborto inducido, tema considerado por el Código Orgánico Integral Penal.
Cannabis. El COS permite su uso medicinal para hacer más llevaderas algunas enfermedades. Es de anotar que en 2019 la Asamblea Nacional ya despenalizó el cultivo y la elaboración de productos del cannabis con un contenido inferior al 1% de tetrahidrocannabinol, su componente psicoactivo, y ese cambio abrió paso para que el cannabis industrial -conocido como cáñamo- y el medicinal se usen en el país, siendo el Ministerio de Salud el encargado de regular la importación, producción, comercialización, distribución, dispensación y uso de medicamentos derivados.
Reacciones. Pasado un día de su aprobación, la Conferencia Episcopal Ecuatoriana, grupos Provida y Guillermo Lasso, precandidato a la Presidencia del Ecuador, pidieron al presidente Lenín Moreno que lo vete.
Iglesia Católica. En una carta justifica su postura diciendo que ve “con enorme preocupación la afectación de los derechos humanos” y menciona algunos puntos, como el que se prohíbe a los médicos negarse a entregar métodos anticonceptivos a menos que existan razones médicas, garantizar la atención inmediata de emergencias obstétricas, permitir el uso medicinal del cannabis y establecer lineamientos generales para la reproducción humana asistida. Otro de los derechos humanos establecidos en la Constitución de la República que se vulnera es “el derecho de madres y padres de familia a educar a sus hijos al aprobar el uso indiscriminado de anticonceptivos de los menores de edad sin su consentimiento”.
Guillermo Lasso. El precandidato a la Presidencia por Creo dice que algunos artículos “causan profundo malestar en la mayoría de los ciudadanos” y afectan “la dignidad de los profesionales médicos”. Uno de los principales puntos mencionados es la supuesta “promoción del aborto”, pues, se garantiza la atención de todas las emergencias obstétricas, es decir, los médicos deberán atender a una mujer que llegue con un aborto en curso, quien, por ende, ha perdido el embrión o el feto.
William Garzón. El presidente de la Comisión de Salud destacó que lo aprobado no despenaliza el aborto, no determina cuáles son o no las conductas punibles, eso le corresponde al COIP, y que el COS estipula que las mujeres sean atendidas de manera eficiente y oportuna cuando presenten un aborto, y que se busca evitar que las mujeres fallezcan por falta de atención oportuna ante esta situación
Frases: “El Estado está en el deber de cuidar sexualmente a todas las personas” Julio Noboa, médico familia. “El (COS) muestra un paso adelante en el tema de los derechos de las mujeres porque se garantiza la atención médica” dijo Ana Cristina Mera, del colectivo “Surkuna”. En Ecuador el costo por la donación voluntaria es de 100 dólares por el semen y entre 800 y 1.000 dólares por los óvulos.
Nota. En la presente semana abordaremos criterios respecto a este polémico COS.