Aunque sorprenda, tener relaciones sexuales en vía pública no es delito según el COIP, pero puede ser sancionado por ordenanzas municipales.
En Ecuador, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) no considera las relaciones sexuales en espacios públicos como un acto típico, antijurídico o culpable.
Es decir, no existe una sanción penal explícita para este tipo de conductas.
En Colombia tener relaciones sexuales en la vía pública es considerado como un comportamiento inadecuado, por lo que un agente de tránsito podrá multarlo con cinco salarios mínimos mensuales vigentes y hasta arrestarlo. (AVV)
¿Es ilegal tener relaciones en espacios públicos en Ecuador?
No, el COIP no sanciona las relaciones sexuales en espacios públicos como un acto delictivo. Según Zaul Espinosa, abogado y maestrante en Derecho Procesal, esta conducta no está tipificada como un acto típico, antijurídico o culpable.
Sin embargo, los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) tienen la potestad de emitir ordenanzas locales que regulen estas situaciones. En dichos casos, pueden imponer multas leves o sanciones administrativas.
Espinosa aclara que estas sanciones no pueden incluir la privación de libertad, ya que esto excede las competencias municipales las multas buscan más bien preservar el orden y el respeto en los espacios públicos.
¿Qué pasa si hay menores de edad involucrados?
La situación cambia drásticamente cuando un menor de edad está presente o involucrado.
Aunque tener relaciones sexuales en público no constituyen delito según el COIP, si hay menores implicados, pueden configurarse delitos graves, como:
- Estupro: Tipificado en el artículo 167 del COIP, ocurre cuando un mayor de 18 años recurre al engaño para mantener relaciones sexuales con adolescentes de entre 14 y 18 años.
- Violación: Conforme al artículo 171 del COIP, implica cualquier acto sexual con menores de 14 años, incluso con su consentimiento, o actos sin el consentimiento de la víctima.
Estos delitos conllevan sanciones severas, incluyendo penas privativas de libertad.
¿Qué derechos tienen las personas sancionadas?
Aunque se trate de un acto en un espacio público, las personas involucradas tienen derechos, especialmente el de intimidad.
Según Espinosa, si consideran que su privacidad fue vulnerada durante la intervención policial o municipal, pueden presentar una denuncia conforme al artículo 178 del COIP.
El rol de la Policía en estos casos
El procedimiento policial en estos casos debe ser claro y respetuoso Alexander G., servidor policial, explica que los pasos incluyen:
- Recolección de pruebas: Fotografías, videos o denuncias ciudadanas que respalden la intervención.
- Notificación al fiscal de turno: Es el fiscal quien evalúa si el acto constituye un delito o una contravención.
- Respeto a los derechos de los involucrados: Actuar sin violencia ni intimidación, garantizando el derecho a la defensa y evitando humillaciones.
¿Cuándo es un delito y cuándo una contravención?
La gravedad del acto es clave para determinar si se trata de un delito o una contravención:
- Delito: Si el acto causa alarma pública, afecta gravemente el orden o involucra a menores, las penas son más severas
- incluyen privación de libertad más de 30 días.
- Contravención: Son acciones leves que no alteran mucho el orden público, las sanciones incluyen multas administrativas o privación de libertad de hasta 30 días.
Aunque no está tipificado como delito por el COIP, tener relaciones en espacios públicos puede acarrear sanciones según ordenanzas locales.
Las autoridades tienen la obligación de actuar con respeto y garantizar los derechos de las personas, mientras que los ciudadanos deben ser conscientes de que los espacios públicos requieren normas básicas de convivencia.