La impuntualidad, la viveza criolla, el engaño, el fraude es lo más común.
El artículo 82 de la Constitución de la República dice: “…Art. 82.- El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes…”
La Corte Constitucional en sentencia No. 26-18-IN/20, de 28 de octubre de 2020, determinó: “… la seguridad jurídica comprende tanto un ámbito de certidumbre como uno de previsibilidad.
El primero se refiere a brindar certeza al individuo de que su situación jurídica no será modificada más que por procedimientos regulares establecidos previamente y por autoridad competente para evitar la arbitrariedad y el segundo permite proteger legítimas expectativas respecto de cómo el derecho deberá ser aplicado e interpretado en el futuro…” ( considerando 100)
La certidumbre y la previsibilidad no tienen únicamente importancia jurídica, son también pilares de las buenas relaciones humanas y la bienandanza social.
Para citar ejemplos, en lo privado, la impuntualidad y la informalidad anulan la confianza y matan cualquier relación interpersonal sana. En lo público, el respeto a la Constitución y a la Ley por parte de funcionarios públicos y de la ciudadanía en general, genera confianza y paz social.
En definitiva, impronta de una sociedad próspera es la seriedad, la certidumbre y la previsibilidad en todos los ámbitos, comenzando por el doméstico hasta llegar a las más elevadas esferas públicas.
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Cuando la regla es la impuntualidad, la informalidad, la arbitrariedad, el engaño, el fraude, la “viveza criolla”, desgraciadamente estamos frente a una sociedad bufonesca que camina indefectiblemente hacia su ruina