Policía Olmedo declarado Inocente: Ayer, el policía imbabureño Santiago Olmedo recibió la sentencia de casación por extralimitación de la fuerza, tras abatir a dos delincuentes. en la ‘Sultana de los Andes’.
Contexto. Inocente. Ese fue el veredicto que la Corte Nacional de Justicia dictaminó contra el policía Santiago Olmedo. La sentencia, que tuvo como ponente a la juez Mercedes Caicedo y al tribunal compuesto por los jueces Daniela Camacho y Walter Macías, anula la sentencia de 13 años de privación de libertad impuesta en dos instancias anteriores que lo encontraron culpable.
“El bien jurídico protegido del delito de extralimitación de ejecución de acto de servicio es la eficiente administración pública y no la inviolabilidad de la vida ni lo que corresponde a graves violaciones de derechos humanos.
A consecuencia de esto, ratificamos el estado de inocencia de Santiago Olmedo y cancelamos las medidas de carácter cautelar de origen personal y real ordenadas en su contra”, concluyó el voto de mayoría en que se advirtió que la determinación tomada es producto de un análisis completamente legal y no político, ni tiene que ver con el activismo.
El voto de mayoría fue de Caicedo y Camacho, según las magistradas, se casa de oficio la sentencia del 11 de octubre de 2022, de la Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo, porque existe una indebida aplicación del artículo 293 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuando por los hechos que dan por probados y que analizan lo que debieron aplicar es el artículo 5, numeral 3, del COIP.
La sala penal de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo incrementó de tres a trece años la sentencia en contra del cabo segundo de la Policía Santiago Olmedo, quien fue hallado culpable por el delito de extralimitación en la ejecución de un acto de servicio, por abatir con disparos a dos delincuentes que huyeron tras asaltar a un menor de edad, en el sector de la 24 de Mayo, norte de la ‘Sultana de los Andes’.
En enero de 2022 fue condenado a una pena de tres años y cuatro meses de prisión, más el pago de una multa de diez salarios básicos y una reparación integral de 10 mil dólares a favor de los familiares de los fallecidos Henry Brayan C. S., de 21 años, y Diego Fabián M. S., de 34.
La fiscalía apeló el fallo del Tribunal de Garantías Penales y el jueves 25 de agosto la Corte de Chimborazo aceptó el recurso legal, durante la audiencia de apelación, por voto de mayoría.